Accidentes de circulación, ¿qué hacer?

Sufrir un accidente de tráfico puede ser una experiencia traumática y, en muchos casos, compleja, tanto a nivel físico como legal. En estos casos, contar con el asesoramiento y la representación de un abogado especializado en accidentes de tráfico es fundamental para proteger tus derechos y garantizar que recibas la indemnización que te corresponde.

El procedimiento para reclamar por los daños sufridos, tanto materiales como personales, puede resultar confuso y complicado si no se cuenta con el conocimiento adecuado de las leyes y normativas vigentes. Un abogado especializado te orientará sobre los pasos a seguir, los plazos legales y las mejores estrategias para maximizar tu indemnización.

Puedes contactar con nuestro despacho llamando al 968214519.

1.- En caso de accidente ¿es conveniente pedir un Atestado?

Si. En caso de que se produzca un siniestro con heridos o fallecidos, las fuerzas encargadas de la vigilancia del tráfico tienen la obligación de elaborar un atestado que recoja todos los datos y circunstancias del accidente.

Es fundamental que este atestado se redacte de manera adecuada y completa. Por lo tanto, si te encuentras en el lugar del accidente y estás en condiciones de hacerlo, es recomendable que avises a la autoridad competente para que se encargue de elaborar dicho atestado. Esto ayudará a garantizar que se documenten correctamente los detalles del incidente.

2.- ¿Es importante que te hagan un informe médico?

Si. El centro hospitalario donde la persona lesionada haya sido atendida deberá proporcionar un informe médico, ya sea en el momento de la atención en Urgencias o, en caso de hospitalización, al momento del alta. Este informe debe detallar el diagnóstico, el tratamiento recibido, las indicaciones para el tratamiento posterior y el tiempo de hospitalización.

Si se recibe tratamiento ambulatorio tras el alta, también se entregará un informe médico, el cual servirá para acreditar las lesiones sufridas y reclamar los derechos correspondientes.

Es importante tener en cuenta que, en principio, la Seguridad Social no cubre los gastos médicos derivados de un accidente de tráfico. Estos deben ser asumidos por la aseguradora del responsable del accidente.

Para evitar posibles inconvenientes, se recomienda consultar UNESPA (la patronal de las aseguradoras) con el fin de obtener información actualizada sobre los centros médicos concertados, tanto privados como públicos, así como las entidades que están adheridas al convenio. De este modo, podrás asegurarte de que los servicios de salud que se utilicen están dentro de la red de proveedores acordada.

3.- ¿Cómo se regula esta asistencia?

Mediante un convenio que tiene como objetivo regular la asistencia sanitaria integral, tanto hospitalaria como ambulatoria, a las personas lesionadas en accidentes de circulación, desde el momento del accidente hasta su completa recuperación o la estabilización de las secuelas.

El acuerdo se suscribe por UNESPA y por el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS), junto con diversas asociaciones de clínicas, hospitales y centros privados de atención ambulatoria y rehabilitación. Su fin es asegurar una adecuada atención médica, estableciendo un sistema de acreditación para los centros sanitarios que deseen adherirse al convenio. Dichos centros deberán cumplir con los requisitos técnicos establecidos, y cualquier duda sobre el proceso de acreditación, los requisitos o la adhesión debe ser dirigida a la subcomisión correspondiente o a la asociación que represente al centro.

El Convenio Marco para la Asistencia Sanitaria en el Ámbito de la Sanidad Privada a los lesionados por accidentes de tráfico, correspondiente al período 2024-2026, comenzó a regir el 1 de marzo de 2024.

Toda la gestión relacionada con la comunicación, tramitación y pago de las prestaciones sanitarias se llevará a cabo a través del sistema CAS.

Éste es un sistema informático de gestión de facturación entre hospitales y clínicas, diseñado para optimizar y facilitar los procesos de facturación y pago de los servicios médicos derivados de accidentes de tráfico, gestionados entre las aseguradoras y los centros hospitalarios, tanto públicos como privados.

4.- ¿En qué consiste la Declaración Amistosa de Accidente?

Es imprescindible completar el parte Europeo de Accidentes o la Declaración Amistosa de Accidente (DAA) y enviarlo a la aseguradora a través de tu abogado.

En este documento, deben constar todos los datos de los vehículos involucrados, los daños ocasionados tanto a las personas como a los vehículos, y las circunstancias en las que ocurrió el accidente.

Este parte facilita la gestión de los trámites entre los implicados y las compañías de seguros, acelerando así la resolución del caso. Permite una solución más rápida y eficiente en cuanto a la reparación de los daños materiales y el resarcimiento de los perjuicios sufridos en la salud. Tu abogado intermediará con la compañía a tales efectos.

5.- ¿Cómo se valoran los daños corporales en un accidente de circulación?

Mediante el llamado Sistema para la Valoración del Daño Corporal en Accidentes de Tráfico, comúnmente conocido como Baremo, el cual permite evaluar los daños físicos derivados de un accidente y determinar una indemnización por los perjuicios sufridos.

Este sistema fue establecido por la Ley 35/2015, de 22 de septiembre. A través de esta ley, se definen criterios para valorar el daño y se establecen compensaciones por fallecimiento, secuelas y lesiones temporales, teniendo en cuenta factores como las condiciones particulares y la edad de la víctima. Además, se incluyen tablas para calcular el importe de la indemnización, y se reconoce el derecho a ser compensado por los daños materiales, patrimoniales y morales que se hayan ocasionado a las personas afectada por el accidente.

6.- ¿En qué consiste la indemnización?

El importe de la indemnización por accidentes de circulación en España está regulado por el Baremo de tráfico, que establece las cantidades a abonar por los daños personales (lesiones, secuelas, fallecimiento) y los daños materiales (vehículo, objetos, etc.).

Este Baremo se ajustó por última vez mediante la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, y establece una serie de tablas para calcular las indemnizaciones, que varían en función de varios factores, como la gravedad de las lesiones, la edad de la víctima, la duración de la incapacidad temporal, las secuelas, o la pérdida de calidad de vida.

Las cantidades pueden variar dependiendo de las circunstancias del accidente y de la evolución legislativa:

  1. Indemnización por Fallecimiento:
  • Víctima principal (adulto): La indemnización por la muerte de una persona varía dependiendo de la edad y de las circunstancias. Por ejemplo, en 2023, la indemnización para una víctima adulta soltera sin cargas familiares podría rondar entre los 100.000 y 150.000 euros, dependiendo de la edad.
  1. Indemnización por Lesiones Temporales (Incapacidad Temporal):
  • La indemnización por lesiones temporales depende de la duración de la baja médica y de la incapacidad temporal.

Para este año 2024 las cifras son:

Día de perjuicio muy grave = 123,55 €
Día de perjuicio grave = 92,66 €
Día de perjuicio moderado = 64,25€
Día de perjuicio básico = 37,06 €
Intervenciones quirúrgicas = entre 494,19€ y 1.976,77€

  1. Indemnización por Secuelas:
  • Las secuelas son los efectos permanentes derivados de las lesiones. Por ejemplo, una secuela leve podría generar una indemnización de entre 1.000 y 10.000 euros, mientras que una secuela grave (como una discapacidad permanente) podría superar los 50.000 euros o más, dependiendo de la magnitud de la lesión y de la capacidad de la víctima para continuar con su vida diaria.
  1. Indemnización por Daños Materiales:
  • Esta indemnización cubre los daños causados al vehículo y otros bienes materiales implicados en el accidente. La cantidad a abonar depende de la valoración del coste de reparación o de la pérdida total del vehículo.
  1. Indemnización por Daños Morales:
  • Además de las indemnizaciones por daños físicos, también se contemplan los daños morales causados.

El Baremo se actualiza anualmente para adaptarse a la inflación y a las circunstancias sociales, por lo que los importes pueden variar.

Para conocer el importe exacto que te corresponde en un accidente concreto, es recomendable consultar a un abogado especializado, que podrá calcular la indemnización según los detalles específicos del caso y los criterios establecidos en el Baremo. Puedes contactar con nosotros llamando al 968214519.

7.- ¿Está cubierta la defensa jurídica?

En general, las pólizas de seguros incluyen entre las coberturas contratadas la defensa jurídica, lo que significa que la compañía aseguradora se encarga de proteger los intereses del asegurado. Esto implica que la aseguradora proporciona los recursos personales y materiales necesarios para cubrir los gastos legales, como los honorarios de abogados y procuradores. Sin embargo, en algunos casos, puede haber límites en cuanto al importe que se abona por estos honorarios profesionales.

Es importante señalar que, si la persona afectada por el accidente es un peatón o ciclista, la Póliza del Hogar podría ofrecer cobertura para la asistencia jurídica y el asesoramiento en relación con los procedimientos que deben seguirse.

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